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RESOLUCIÓN Nº 5D/99

SAN LUIS, 24 DE MARZO DE 1999.

VISTO:

La necesidad de reglamentar un nuevo mecanismo para establecer los montos de reconocimiento por parte de D.O.S.P.U. para la adquisición de piezas y prótesis en general, y

CONSIDERANDO:

Que el tema fue objeto de tratamiento en reunión de Directorio del 2 de Marzo próximo pasado.

Que contó con un pormenorizado informe del Sr. Director Medico Asistencial Dr. José R. Carreño.

Que el mercado ofrece para una misma pieza o prótesis gran variedad de marcas a precios abismalmente diferentes.

Que habitualmente el médico que solicita la prótesis, lo hace requiriendo una determinada marca, que por lo general es una de fabricación extranjera, cuyo precio, suele ser varias veces superior a una análoga de fabricación nacional.

Que el paciente –afiliado de D.O.S.P.U.- motivado por la indicación de su médico, se inclina por adquirir la marca referida.

Que del estudio de los Miembros  del Directorio nutridos por el asesoramiento del personal idóneo de la Entidad, surge como propuesta válida la consistente en promediar por un lado los precios que surjan de las proformas de elementos o prótesis importadas y por el otro los precios de las proformas de elementos o prótesis nacionales y finalmente al promedio de ambos reconocer el ochenta por ciento (80 %).

Que corresponde su implementación.

Por todo ello y en uso de sus atribuciones EL DIRECTORIO DE LA OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL UNIVERSITARIO –D.O.S.P.U.-

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Adoptar, a partir del día de la fecha, para el reconocimiento de piezas ortopédicas y prótesis ortopédicas en general, el siguiente mecanismo: Promediar por un lado, los precios que surjan de las proformas de elementos o prótesis importadas y por el otro, los precios de las proformas de elementos o prótesis nacionales y finalmente del promedio de ambos, reconocer el ochenta por ciento (80 %).

ARTICULO 2º: Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente.

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda y cumplido archívese.

RESOLUCION Nº 5D/99.

 
 
 
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