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RESOLUCION Nº 16D/06

San Luis, 22 DE AGOSTO DE 2006.

VISTO:

Que es necesario reglamentar en forma clara y precisa la práctica médica Cirugía Percutánea de Pie, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección Médica con fecha 08/08/05, eleva un informe sugiriendo se reconozca la práctica médica Cirugía Percutánea de Pie, proponiendo un valor de $1500,00 (pesos un mil quinientos) y pesos ochocientos ($800,00) como máximo por la colocción de tornillos de fijación.

Que Directorio en reunión del día 31/10/05 trató el reconocimiento de la práctica médica No Nomenclada Cirugía Percutánea de Pie, determinando fijar para la misma el valor sugerido por la Dirección Médica de pesos un mil quinientos ($1.500) para la cirugía, de lo que el afiliado deberá abonar el 25 % en concepto de co-seguro; D.O.S.P.U. se hará cargo del 35 % y el Plan Solidario de Salud del 40 % restante y en el caso de ser necesario la colocación de tornillos, el valor máximo a reconocer será de pesos ochocientos $800- de los que el afiliado, deberá abonar el cincuenta por ciento (50%).

Que corresponde su implementación.

Por todo ello y en uso de sus atribuciones.


EL DIRECTORIO DE LA DIRECCION DE LA OBRA
SOCIAL PARA EL PERSONAL UNIVERSITARIO
DOSPU DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS.
RESUELVE:

ARTICULO 1º: Reconocer la práctica médica No Nomenclada, Cirugía Percutánea de Pie, fijándosele un valor de $1.500 (pesos un mil quinientos).

ARTICULO 2º: Reconocer en caso de ser necesario la colocación de tornillos, fijando para estos un valor máximo de $800 (pesos ochocientos), cualquiera sean las unidades utilizadas.

ARTICULO 3º:La D.O.S.P.U. se hará cargo del 35 % del costo de la Cirugía, el Plan Solidario de Salud del 40 % y el afiliado deberá abonar en concepto de co-seguro el 25 %.

ARTICULO 4º: Fijar como Coseguro para la colocación de tornillos el 50 % de su costo, esto en base a lo fijado en el Art. 2º de la presente resolución.

ARTICULO 5º: Comuníquese y archívese.

RESOLUCION Nº 16D/06

 

 
 
 
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