SAN
LUIS, 27 DE JULIO DE 2004.
VISTO:
La Actuación Letra "D" Nº 1282/04 solicitando
reconocimiento de pañales para adulto, y
CONSIDERANDO:
Que en la Act. "D" Nº 1282/04 la Sra. Clara
Divito solicita reconocimiento de pañales descartables,
para su madre de avanzada edad y con una patología
que hace necesario el uso de pañales.
Que el Sr. Director Médico Asistencial elevó
un informe en el que considera que dada la patología
de la afiliada es necesario el uso de pañales.
Que en reunión de Directorio del día 11/05/04
en base a este informe del Director Médico Asistencial,
se determinó reconocer para aquellos adultos cuya patología
así lo requiera hasta 120 (ciento veinte) pañales
por mes y el 90 % (noventa por ciento) del valor de los mismos
con un máximo de $ 0,90 (pesos noventa centavos) por
unidad.
Que corresponde su implementación.
EL DIRECTORIO
DE LA DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL UNIVERSITARIO
DE LA U.N.S.L. -D.O.S.P.U.-
RESUELVE:
ARTICULO 1º:
Crear a partir del 1º de Junio de 2003 un plan especial
mediante el cual se reconocerá pañales descartables,
para afiliados adultos cuya patología así lo requiera.
ARTICULO 2º: Para otorgar el beneficio mencionado
en el Art. 1º, deberá crearse un registro especial
para este grupo de afiliados en el que podrán ser incluidos,
previa formal solicitud y aprobación de la misma por
el Director Médico Asistencial.
ARTICULO 3º: Reconocer hasta 120 (ciento veinte)
unidades por mes, las que serán entregadas en la farmacia
de la D.O.S.P.U. o en caso de faltante, se reconocerá
por el sistema de reintegro, el 90 % (noventa por ciento) del
valor de los pañales con un máximo de $ 0,90 (pesos
noventa centavos) por unidad.
ARTICULO 4º: En caso de efectuar el reconocimiento
por el sistema de reintegro, deberá presentar la documentación
con detalle de cantidades y precio.
ARTICULO 5º: Comuníquese y archívese.
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