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RESOLUCIÓN Nº 1D/01

SAN LUIS, 30 DE MARZO DE 2001.

VISTO:

La  A.T.I. “S” Nº 460, por la que solicita reconocimiento de prácticas oftalmológicas combinadas, y

CONSIDERANDO:

Que el Directorio de la Obra Social, en reunión del día 20-03-01, Acta Nº 372, trató la solicitud de reconocimiento por Implante de Lente Intraocular Hipernegativo para Miopes Fáquicos con posterior Cirugía Excimer Láser .

Que en base al análisis efectuado por la  Presidencia y la Dirección Médica en relación a la práctica mencionada, se sugirió al Directorio un reconocimiento del 90 % del valor fijado por D.O.S.P.U. para el Implante de Lente Intraocular Hipernegativo para Miopes Fáquicos y el 70 % del valor fijado por D.O.S.P.U. para la Cirugía con Excimer Láser.

Que el Directorio determino reconocer para este tipo de cirugía combinada, el 90 % del valor fijado por D.O.S.P.U. para el Implante de Lente Intraocular Hipernegativo para Miopes Fáquicos y el 70 % del valor fijado por D.O.S.P.U. para la cirugía con Excimer Láser.

Que procede su implementación.

Por todo ello y en uso de sus atribuciones. EL DIRECTORIO DE LA OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL UNIVERSITARIO -D.O.S.P.U.-

RESUELVE:

ARTICULO 1: Reconocer a partir de la fecha para este tipo de cirugía combinada, el noventa por ciento (90 %) del valor fijado por D.O.S.P.U. para el Implante Intraocular Hipernegativo para Miopes Fáquicos y el setenta por ciento (70 %) para la Cirugía con Excimer Láser.

ARTICULO 2: El reconocimiento previsto en el art. 1º será efectivizado previa autorización de la Dirección Médica, la que deberá requerir historia clínica que justifique la realización de la práctica, como así también toda documentación que estime necesario.

ARTICULO 3: Comuníquese y archívese.

RESOLUCION Nº 1D/01

 
 
 
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