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RESOLUCIÓN Nº 1D/05

SAN LUIS, 25 DE FEBRERO DE 2005.

VISTO:

Que la D.OS.P.U. reconoce por el sistema de reintegro, la práctica odontológica no nomenclada de implantes, efectuada por prestadores externos, esto de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Nº 19D/00, y

CONSIDERANDO:

Que como consecuencia de los altos valores fijados para la citada práctica, por los profesionales que la realizan, la misma se torna de difícil acceso para los afiliados a ésta Obra Social.

Que la D.O.S.P.U. a través del Departamento Odontológico se ha abocado al estudio de probabilidades, para efectuar implantes en consultorios propios, concluyéndose que podrán ser efectuados con un costo que no supera los pesos novecientos ($ 900).

Que el Directorio en reunión del día 03/08/04 determinó autorizar la realización de la práctica odontológica de implantes en consultorios propios
.

Que corresponde su implementación.

EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN DE LA OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL UNIVERSITARIO D.O.S.P.U.-

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Autorizar la realización de la práctica odontológica de implantes en consultorios propios, fijándose como código de identificación de la misma el 27.10.42.

ARTICULO 2º: Fijar como coseguro a pagar por el afiliado la suma de pesos seiscientos ($600) por cada implante.

ARTICULO 3º: Financiar el co-seguro, si el afiliado así lo requiere hasta en diez (10) cuotas iguales y consecutivas, sin recargo alguno. Si el afiliado solicita un mayor número de cuotas, deberá aplicarse sobre el total de las mismas el recargo dispuesto para los anticipos de salud clase A.

ARTICULO 4º:
Continuar con el reconocimiento de implantes por el sistema de reintegros cuando el mismo sea efectuado por profesionales externos, de acuerdo a lo dispuesto en la resolución interna Nº 19D/00.

ARTICULO 5º: Comuníquese y archívese.

RESOLUCIÓN Nº 1D/05 .

 
 
 
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