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RESOLUCIÓN Nº 11D/01

SAN LUIS, 5 DE NOVIEMBRE DE 2001.

VISTO:

Que Mediante la Resolución Nº 2D/91 se determinó ampliar la Resolución que reglamentaba el Plan de Prevención Médica Ginecológica, y

CONSIDERANDO:

Que en la misma no se prevee el reconocimiento de la práctica Mamografía Bilateral.

Que el cáncer de mama es la neoplasia mas frecuente y que produce el mayor número de muertes por cáncer en la población femenina, siendo la única manera de prevención la detección precoz.

Que la Mamografía es un medio idóneo para la detección anticipada de las neoplasias de la glándula mamaria. Que se hace necesario brindar una cobertura del 100 % en Mamografías a los grupos etarios de mayor riesgo, para de ésta manera facilitar el acceso a dicha práctica.

Que corresponde la modificación de la Resolución Nº 2D/91 para incorporar al Plan de Prevención Médica Ginecológica, la práctica Mamografía Bilateral.

Que procede su implementación.

Por todo ello y en uso de sus atribuciones. EL DIRECTORIO DE LA OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL UNIVERSITARIO -D.O.S.P.U.-

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Reconocer a partir de la fecha las siguientes prácticas por el Plan de Prevención Médica Ginecológica:

  • a). El 100 % del valor fijado por D.O.S.P.U. para una consulta médica ginecológica, una vez por año.
  • b). El 100 % del valor fijado por D.O.S.P.U. para la práctica Papanicolau (cód. 15.01.06) y Colposcopía (Cód. 22.01.019, una vez por año.
  • c). El 100 % del valor fijado por D.O.S.P.U. para la Mamografía Bilateral, una vez por año, a aquellas mujeres mayores de 35 años de edad.

ARTICULO 2º: Para acceder al presente Plan la afiliada deberá solicitar la incorporación al mismo, debiendo además, para retirar las ordenes de las prácticas incluidas en el mismo, presentar la prescripción del médico ginecólogo.

ARTICULO 3º: Dejar sin efecto la Resolución Nº 2D/91

ARTICULO 4º: Comuníquese y archívese.

RESOLUCIÓN Nº 11D/01

 
 
 
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