SAN
LUIS, 3 DE NOVIEMBRE DE 1993
VISTO:
Que D.O.S.P.U. en la actualidad,
por fórmulas magistrales reintegra el valor de treinta (30) galenos,
y
CONSIDERANDO:
Que dicho valor ha quedado desactualizado
con relación al costo real de estos productos.
Que el Directorio en reunión del
día 2 de noviembre de 1993 determinó elevar dichos reintegros a pesos
cincuenta ($ 50,00) y no mas del 50 % de lo abonado por el afiliado.
Que procede su implementación.
Por todo ello, y en uso de sus atribuciones. EL
PRESIDENTE DE LA OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL UNIVERSITARIO D.O.S.P.U.-
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Reintegrar
a partir de la fecha por formula magistral pesos cincuenta ($ 50,00)
y no más del 50 % de lo abonado por el afiliado.
ARTICULO 2º: Dejar Sin
efecto toda otra disposición que se oponga a la presente.
ARTICULO 3º: Comuníquese
y archívese.
RESOLUCIÓN Nº 15D/93
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