SAN LUIS, 14 DE FEBRERO DE 2002.
VISTO:
La
necesidad de reglamentar el reconocimiento de medicamentos para el tratamiento de Fertilización Asistida, y
CONSIDERANDO:
Que
es necesario fijar la edad máxima de reconocimiento por medicamentos,
para el método de fertilización, de alto costo.
Que
en reunión de Directorio del día 12/02/02 se determinó dar reconocimiento
a los medicamentos para el método de fertilización, a las afiliadas
no mayores de 40 años de edad.
Que
procede su implementación.
Por
todo ello y en uso de sus atribuciones EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE UNIVERSITARIO UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN LUIS D.O.S.P.U.-
RESUELVE:
ARTICULO
1º: Reconocer el 50 % de los medicamentos utilizados para el
tratamiento de Fertilización Asistida.
ARTICULO
2º: Fijar como edad máxima 40 años para implementar lo establecido
en el Art. 1º.
ARTICULO
3º: Para gozar del beneficio dispuesto en la presente resolución,
la pareja peticionante del beneficio
no deberá poseer hijos.
ARTICULO
4º: Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente.
ARTICULO
5º: Comuníquese y archívese.
RESOLUCION
Nº 13D/02
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