SAN LUIS, 23 de noviembre de 2011.
VISTO:
El Expte. 1223/11 por lo cual la Prof. Mirtha Funes solicita modificación de la Resolución 04D/11, relacionada con la Ley Celíaca Nacional Nº 26.588 que rige desde el día 2 diciembre de 2009, y la necesidad de asistir a los afiliados a nuestra Obra Social que padecen ésta enfermedad, en la cobertura de los tratamientos que la misma demanda y,
CONSIDERANDO:
Que el Directorio en su sesión del día n22 de Noviembre de 2011 aprobó la modificación de la Resolución ut-supra citada.
Que los valores de los alimentos para celíacos han sufrido fuertes modificaciones durante el corriente año.
Por todo ello y en uso de sus atribuciones
EL DIRECTORIO DE LA OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL UNIVERSITARIO DE LA U.N.S.L. – D.O.S.P.U
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Modificar el Artículo 3°, Etapa de seguimiento, eliminando en su último ítem “harinas y premezclas prescriptas (por reintegro); cobertura: 15%”.
ARTICULO 2º: Incluir en la Resolución de referencia el Articulo 5°, cuyo texto expresa: “se otorgará un subsidio de $200 (pesos doscientos) mensuales, por afiliado, para la compra de alimentos TACC, por un plazo de un año y será renovado con la presentación de informe médico evolutivo actualizado. Dicho subsidio se hará efectivo ante la presentación de la factura de compra, en la oficina de reintegro”.
ARTÍCULO 3º: Incluir en la citada Resolución el Articulo 6°, cuyo texto expresa: Artículo transitorio: La vigencia de lo resuelto en el Articulo 5°sera a partir del día 1° de Diciembre de 2011.
ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese y archívese.
RESOLUCION N° 24 D/11