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RESOLUCIÓN Nº 15D/02

SAN LUIS, 14 DE FEBRERO DE 2002.

VISTO:

La necesidad de reglamentar el número de prácticas bioquímicas por receta médica, y

CONSIDERANDO:

Que en reunión de Directorio -Acta Nº 331- el Sr. Presidente propuso que la cantidad de prácticas bioquímicas por receta sean ocho (8), fundamentando su propuesta por la actual situación económica, medida que no sería puntual sino parte de un plan tendiente a disminuir los gastos para equilibrar las finanzas de D.O.S.P.U.

Que el Directorio determinó reconocer sólo ocho (8) análisis por indicación médica, y en el caso de superar dicha cantidad deberá presentar Historia Clínica.

Que procede su implementación.

EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL UNIVERSITARIO -D.O.S.P.U.

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Reconocer a partir de la fecha la cantidad de ocho (8) análisis por indicación médica.

ARTICULO 2º: En caso de superar lo establecido en el art. 1º, el afiliado deberá presentar la historia clínica del medico tratante.

ARTICULO 3º: Comuníquese y archívese.

RESOLUCIÓN Nº 15D/02

 
 
 
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