Universidad Nacional de
San Luis
Secretaría de Extensión Universitaria
Convocatoria a Presentación de Proyectos de
Desarrollo
Social 2004
BUENOS AIRES,
VISTO, el Convenio MECyT N° 643/03
de fecha 16 de diciembre de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que el citado Convenio se formalizó
entre la SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL, la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS
de este Ministerio y el CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL, con el
propósito de coordinar y cooperar con acciones orientadas a mejorar
la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad
social y económica, mediante el uso de recursos humanos, naturales,
culturales y económicos que se encuentren en las comunidades
en las que están insertas las instituciones universitarias, en
un marco de equidad y participación social.
Que el mismo contempla la posibilidad
de que las instituciones universitarias presenten proyectos de extensión
que involucren trabajos conjuntos y coordinados con la comunidad a través
de organizaciones no gubernamentales, destinados a promover y consolidar
proyectos productivos y/o comunitarios; fortalecer espacios asociativos
locales e interinstitucionales que favorezcan la capacidad de intervención
en políticas sociales a partir del desarrollo local; capacitar
a pequeñas unidades económicas y a emprendedores y/o trabajadores
que las componen, entre otros propósitos.
Que se hace necesario establecer las
condiciones y requisitos de preselección que deberán cumplimentar
las instituciones universitarias para la elaboración de los proyectos
de extensión.
Que es menester conformar la comisión
que tendrá a su cargo el proceso de preselección de los
proyectos de extensión que presenten las instituciones universitarias
y que posteriormente serán remitidos para su selección
por la mencionada SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES.
Que a los fines específicos de
su ejecución resulta necesario asignar la responsabilidad de
la coordinación operativa al área encargada de extensión
universitaria en la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN
INSTITUCIONAL, EVALUACIÓN Y PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas
a esta Secretaría por el Anexo I, apartado XIX, punto 1) del
Decreto Nº 357/02
Por ello,
EL SECRETARIO DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las
condiciones y requisitos de preselección que deberán cumplimentar
las Instituciones Universitarias para la presentación de los
proyectos de extensión universitaria, que como ANEXO I y II se
incorporan a la presente.
ARTÍCULO 2°.- Crear la Comisión
de Preselección de Proyectos de Extensión Universitaria
ad-honorem, que será coordinada por la Dra. María Liliana
N. HERRERA ALBRIEU (D.N.I. Nº 6.423.723) y estará constituida
por la Mg. O. Beatriz Leonor de LUCA (D.N.I. N° 5.172.885) y el
Lic. Marcelo MONZÓN (D.N.I. Nº 16.737.296), en representación
de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS y la Mg.
María Cristina BURBA (D.N.I. N° 5.585.804) y el Dr. Daniel
SCARAMUCCIA (D.N.I. N° 20.000.058), en representación del
CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL.
ARTICULO 3°.- Autorizar a la Dra.
María Liliana N. HERRERA ALBRIEU (D.N.I. Nº 6.423.723) y/o
al Lic. Martín OLIVER (D.N.I. Nº 25.878.541) para que hagan
de nexo con la SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES del MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL en el proceso de selección.
ARTÍCULO 4º - Regístrese, comuníquese y archívese.
ANEXO
I
Bases
para la Preselección de Proyectos de
Extensión Universitaria - Universidades Nacionales
(provisorias)
Introducción
La función de extensión
cobra particular importancia en la creación y multiplicación
de vínculos con la sociedad, no sólo para transferir conocimientos
sino también para aprender y reflexionar sobre su comportamiento
y necesidades. La interacción con la sociedad facilita la elaboración
de respuestas y soluciones eficaces, a la vez que contribuye a enriquecer
y reorientar la docencia y la investigación.
El Convenio Marco formalizado por la
Secretaría de Políticas Sociales del Ministerio de Desarrollo
Social, la Secretaría de Políticas Universitarias de este
Ministerio y el Consejo Interuniversitario Nacional - CIN, refleja la
voluntad y el compromiso de posibilitar que las instituciones universitarias
contribuyan a mejorar la calidad de vida de la población en situación
de vulnerabilidad social, a través de la presentación
de proyectos de extensión.
La Secretaría de Políticas
Universitarias, por intermedio de la Dirección Nacional de Coordinación
Institucional, Evaluación y Programación Presupuestaria
y en particular el Area de Extensión Universitaria, que tendrá
su cargo la coordinación operativa, convoca a todas las secretarías,
direcciones o áreas equivalentes responsables de extensión
de las instituciones universitarias nacionales, a participar de este
proceso que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La preselección será
efectuada por la Comisión de Preselección conformada a
tal fin y que consta en el cuerpo principal de esta resolución.
SEGUNDA: Se considerarán a efectos de esta convocatoria dos tipos
de proyectos de extensión con las siguientes características:
Socio - productivos: aquellos proyectos orientados al trabajo conjunto
y coordinado de la comunidad a través de organizaciones no gubernamentales
- ONGs, junto con las universidades en la producción de bienes
y servicios.
Socio - comunitarios: los proyectos encaminados al trabajo conjunto
y coordinado de la comunidad a través de organizaciones no gubernamentales
- ONGs, junto con las universidades para mejorar las condiciones de
vida de la población en situación de vulnerabilidad social
y económica y/o que faciliten la conformación o conservación
de redes sociales y espacios asociativos locales e interinstitucionales,
dirigidos a favorecer la capacidad de intervención en políticas
sociales a partir de desarrollo local.
TERCERA: Los proyectos que se presenten
en ejecución o a ejecutarse, de acuerdo con lo establecido en
el Convenio Marco, estarán destinados a:
a) Fomentar proyectos, capacitar y brindar
asistencia sobre el cuidado de la salud, la educación alimentaria
y principios de nutrición, los derechos de las personas, la habitabilidad
de la vivienda y de su entorno particular y urbano, el acceso a la información,
la cultura y el conocimiento y toda iniciativa que apunte a mejorar
la calidad de vida y garantizar la inclusión de los sectores
sociales más vulnerables de nuestra sociedad.
b) Promover y consolidar proyectos productivos y comunitarios a través
de estrategias de inclusión social
c) Fortalecer espacios asociativos locales e interinstitucionales que
favorezcan la capacidad de intervención en políticas sociales
a partir del desarrollo local
d) Capacitar y brindar asistencia técnica a pequeñas unidades
económicas y a emprendedores y/o trabajadores que las componen,
destinadas a la creación, desarrollo y sustentabilidad de emprendimientos
productivos de pequeña escala
e) Capacitar y brindar asistencia sobre el cuidado de la salud, la educación
alimentaria y principios de nutrición
f) Fomentar proyectos destinados a culminar la escolaridad básica
de jóvenes y adultos y especialmente de las madres
g) Promover proyectos que tengan como objetivo el desarrollo integral
de la persona desde la primera infancia
h) Promover y/o fortalecer proyectos orientados a elevar la calidad
de vida de las comunidades aborígenes
i) Capacitar en voluntariado social
j) Fortalecer redes solidarias con la comunidad que tengan como propósito
la capacitación sobre seguridad alimentaria y estimular la participación
de las familias y personas que trabajan en forma individual o en organizaciones
de la sociedad
CUARTA: Los proyectos socio - productivos
que se presenten deberán cumplir con los requisitos establecidos
en la guía de presentación de proyectos del Ministerio
de Desarrollo Social, Plan Nacional de Desarrollo Local y Economía
Social.
QUINTA: Los proyectos comunitarios a
presentarse para esta convocatoria deberán cumplimentar los requisitos
establecidos en el Formulario que consta como ANEXO II de la presente.
SEXTA: Cada institución universitaria
presentará uno o dos proyectos hasta el 15 de julio de 2004 y
deberán remitirse con el aval del o la responsable de extensión
universitaria y la del Rector o Rectora de su institución. La
presentación deberá efectuarse en original y dos copias
acompañados de un disquete (formato doc o rtf) colocado en un
sobre con el original destinado al Area de Extensión Universitaria,
perteneciente a la Dirección Nacional de Coordinación
Institucional, Evaluación y Programación Presupuestaria,
sita en Av. Santa Fe 1548, piso 13º C.A. de Buenos Aires, Código
Postal C 1060 ABO, personalmente o por correo postal y por correo electrónico
a: lalbrieu@me.gov.ar o atorres@me.gov.ar
SEPTIMA: La Comisión de Preselección
tendrá en cuenta sólo aquellos proyectos que se ajusten
a las cláusulas SEGUNDA, TERCERA, CUARTA y QUINTA de estas bases.
Los preseleccionados serán remitidos a la Secretaría de
Políticas Sociales para su selección y posterior asignación
de fondos.
OCTAVA: La Secretaría de Políticas
Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, tendrá a su cargo
la selección de los proyectos y establecerá el monto que
le corresponde a cada uno de los seleccionados y los insumos o herramientas
que fuesen necesarios.
NOVENA: La utilización de los
recursos no podrá exceder el año a partir de la fecha
de la asignación de recursos, con la obligación de presentar
un informe de avance del proyecto a los seis meses y otro al final al
cumplir el año. Asimismo deberán enviar una rendición
de cuentas por la utilización de los recursos de acuerdo con
las modalidades que oportunamente se impartirán.
DECIMA: Todas las instituciones universitarias
que participen de esta convocatoria aceptan las bases establecidas para
la preselección y las resoluciones de la Comisión conformada
al efecto, no serán susceptibles de revisión, ni reconsideración.
DECIMO PRIMERA: La Dirección Nacional
de Coordinación Institucional, Evaluación y Programación
Presupuestaria comunicará a las instituciones universitarias
las propuestas preseleccionadas y la fecha de remisión de las
mismas a la Secretaría de Políticas Sociales.
ANEXO
II
Formulario para Presentación
de Proyectos de Extensión Socio-Comunitarios:
1. Denominación o título
del proyecto
2. Instituciones participantes/responsables
3. Equipo de trabajo
4. Relevancia y justificación del proyecto
4.1. Enunciar sintéticamente el contexto social problemático
que da origen al proyecto
4.2. Identificar el o los problemas a resolver
4.3. Justificación del proyecto
4.4. Identificación de los destinatarios
4.5. Justificación de la estrategia seleccionada
4.6. Impacto esperado en el medio
5. Objetivos:
5.1. Generales
5.2. Específicos
6. Metas (indicadas en meses), recursos humanos y de infraestructura
7. Cronograma de actividades
8. Efectos esperados
8.1. Enunciación de los resultados e impactos esperados
8.2. Enunciación de los indicadores de medición
8.3. Coherencia del proyecto
8.4. Estrategias de sustentabilidad del proyecto a futuro
9. Otras instituciones y/o actor/es que participarían secundariamente
en el proyecto
10. Financiamiento
Indicar rubro desagregado por cantidad y tipo de insumo solicitado (ej.:
pasantía, capacitación, bienes de consumo, infraestructura,
entre otros), el costo unitario y total por insumo y el costo total
del rubro y del proyecto.
12. Describir y acompañar la documentación que acredite
la personería jurídica de la/s ONG/s y funcionamiento
de la/s misma/s.
Se sugiere para la presentación
del proyecto: tamaño de papel A4 o carta, tipo de letra: Times
New Roman 12 o Arial 10 o equivalente, las respuestas en la medida de
lo posible que no excedan los 15 renglones.
Guía
para la Presentación de Proyectos de Extensión Universitaria-Socio
Comunitarios (Convenio
643/03 MECyT)
Formulario
de Presentación de Proyectos de Emprendimientos Productivos
Registro de Instituciones
Prestadoras de Servicios Técnicos, Capacitación y Fortalecimiento
Institucional
BUENOS AIRES,
VISTO la Resolución
N°1375 del Ministerio de Desarrollo Social (de creación
del manos) y,
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución citada
en el se ha creado en el ámbito del Ministerio de Desarrollo
Social el PLAN NACIONAL DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMÍA SOCIAL,
"MANOS A LA OBRA" .
Que dicho PLAN posee como objetivos generales contribuir a la mejora
del ingreso de la población en situación de vulnerabilidad
social, la promoción de la economía social mediante
el apoyo técnico y financiero a emprendimientos productivos
de inclusión social generados por personas, familias o grupos
de personas en el marco de procesos de desarrollo local y el fortalecimiento
a organizaciones públicas y privadas, así como espacios
asociativos y redes a fin de mejorar los procesos de desarrollo local
e incrementar el capital social, mejorar su efectividad y generar
mayores capacidades y opciones a las personas.
Que entre los componentes del Plan
Manos a la Obra establecidos en la citada Resolución se definen
tanto el fortalecimiento institucional de los espacios de concertación
local - Consejos Consultivos Locales y Provinciales de Políticas
Sociales, las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales,
los equipos territoriales y los espacios de intercambio de la economía
social en las localidades, provincias y regiones como las acciones
de asistencia técnica y capacitación en las instancias
de formulación y ejecución de los proyectos a los emprendedores
y grupos de emprendimientos facilitando el intercambio de experiencias
y la interrelación en el territorio y en forma sectorial.
Que en este marco, resulta prioritario
asistir técnicamente a los distintos actores sociales que participan
en todo el país en el PLAN MANOS A LA OBRA, desarrollando acciones
de capacitación y asistencia técnica, sistematización
y evaluación de procesos de Desarrollo Local destinadas a fortalecer
las diferentes prestaciones de dicho Plan.
QUE a fin de garantizar la transparencia
y articulación de las acciones resulta necesario implementar
el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios Técnicos,
Capacitación y Fortalecimiento Institucional ( REGITEC) del
PLAN MANOS A LA OBRA, con el objetivo de constituirse en una herramienta
de descentralización de las prestaciones de los servicios técnicos,
capacitación y fortalecimiento institucional de dicho PLAN.
Que en ese mismo orden resulta también
necesario reglar los aspectos operativos, requisitos y tramitación
requerida para la inscripción en dicho REGISTRO.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas
por la Ley de Ministerios, sus normas modificatorias y complementarias,
el Decreto N° 357/02 y modificatorios, y el Decreto N° 9 del
25 de mayo de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO DE POLITICAS SOCIALES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Créase,
en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO TERRITORIAL
Y ECONOMIA SOCIAL , el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios
Técnicos, Capacitación y Fortalecimiento Institucional
( REGITEC) para el PLAN MANOS A LA OBRA como instrumento de identificación
de instituciones , certificación de avales técnicos,
profesionales y evaluación de antecedentes de Instituciones
que prestan servicios de asistencia y capacitación.
ARTÍCULO 2°.-El Registro
tendrá por OBJETIVO identificar aquellas instituciones que
posean las calificaciones técnicas y cumplan con los requisitos
que les permitan brindar capacitación y apoyar procesos de
desarrollo de capacidades y fortalecimiento institucional a organismos
públicos y organizaciones no gubernamentales que a su vez,
pudieran ser potenciales proveedores de acciones de asistencia técnica
en el marco de la política social desarrollada por la SUBSECRETARIA
DE DESARROLLO TERRITORIAL Y ECONOMIA SOLIDARIA. El REGITEC constituye
un mecanismo de evaluación y clasificación para que
la Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Economía
Social intermedie entre la oferta y la demanda de las solicitudes
de capacitación que hagan organizaciones sociales u organismos
de Gobierno.
ARTÍCULO 3°.- Las funciones
del REGITEC son las siguientes:
a) Evaluar los antecedentes presentados
por las Instituciones desde el punto de vista de su capacidad técnica
, académica y trayectoria en la temática.
b) Garantizar los saberes expertos de las Instituciones en las cuestiones
objeto de la capacitación.
c) Organizar la oferta de las instituciones según temática,
actores, destinatarios y localización territorial para la realización
de servicios sociales y capacitación a las distintas prestaciones
que ofrece el Plan Manos a la Obra.
d) Emitir el certificado de inscripción a las instituciones
que se presenten. Este certificado constituirá un requisito
para participar en las solicitudes de capacitación, que a tal
fin, convoque la Secretaria de Políticas Sociales y Desarrollo
Humano.
ARTÍCULO 4°.- Podrán
ser inscriptos en el REGITEC las Personas Jurídicas de Derecho
Público y Privado, las Universidades Públicas y Privadas,
Las Organizaciones de la Sociedad Civil de Desarrollo ( Asociaciones
Civiles , Fundaciones,Sociedades), Consejos Profesionales ,Cámaras
Empresariales y Cooperativas, cuyo objeto social coincida con la realización
de actividades de prestación de servicios técnicos del
Plan Manos a la Obra.
Aquellas organizaciones que cuenten
con la inscripción en el Registro Nacional Obligatorio de ONG
y/o la Base de Datos del Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad
(CENOC), deberán presentar el número y completar los
requisitos de este registro que funcionará de manera complementaria
con los ya existentes
ARTÍCULO 5°.- A los efectos
de solicitar su inscripción, las INSTITUCIONES TÉCNICAS
DE CAPACITACIÓN deberán completar el formulario que
obra en el Anexo I de la presente Resolución , adjuntando al
mismo Curiculum Institucional en el que conste antecedentes de capacitación,
asistencia Técnica , CV de los profesionales a cargo y Número
de Registro de Personería Jurídica
c) Entes Estatales Nacionales y Provinciales
· Autorización otorgada por el representante de la institución
para contraer obligaciones.
Todos los datos que se consignen tendrán
carácter de declaración jurada y estarán disponibles
para su verificación por parte de la Secretaría de Políticas
Sociales y Desarrollo Humano en el momento en que ésta lo considere
oportuno
Los formularios deberán presentarse debidamente completados
en formato papel y diskette.
ARTÍCULO 6: LA SECRETARÍA
DE POLÍTICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO establecerá
la fecha de apertura del REGITEC, lugar y plazo de inscripción
en el registro.
ARTÍCULO 7.- La vigencia de
certificado de inscripción en el REGITEC será de tres
años a partir del momento de su otorgamiento con seguimiento
y monitoreo anual.
ARTÍCULO 8: LAS instituciones
inscriptas que resulten elegidas y que la Secretaría de Políticas
Sociales y Desarrollo Humano convoque para la asignación de
Servicios, según las condiciones de oferta y localización,
celebrarán un Convenio cuyo formato tipo se adjunta a la presente
Resolución como Anexo 2. En caso de incumplimiento de los términos
del Convenio se podrá proceder a la suspensión del mismo.
ARTÍCULO 10.- Dispónese,
que la RED FEDERAL DE CONTROL PÚBLICO podrá realizar
controles y auditorías de gestión en relación
al pesente REGISTRO, todo ello sin perjuicio de los controles que
le competen a la AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 11-Regístrese,
comuníquese, archívese.
Formulario
REGITEC
Cambios
remitidos por la Coordinación de Asuntos Académicos
Buenos Aires, 6 de mayo
de 2004
Señor/a Secretario/a:
De mi consideración:
Por la presente, tengo el agrado de
dirigirme a usted, con relación a los cambios recientemente remitidos
por la Coordinación de Asuntos Académicos de la Secretaría
de Políticas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, respecto
de la convocatoria para la presentación de proyectos socio-productivos
y socio-comunitarios de acuerdo con el convenio 643/03.
En este sentido, se ratifica la presentación
de Universidades Públicas a través de la Secretaría
de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación
podrán presentar hasta dos proyectos de características
socio-productivas o socio-comunitarias para el período comprendido
entre septiembre 2004 y septiembre 2005, operacionalizados a través
de una organización no gubernamental o conjuntamente con una
o más organizaciones de la sociedad civil.
El monto a otorgar será de hasta
un máximo de $30.000 por proyecto.
Pudiéndose presentar hasta dos proyectos durante el período
establecido. Se priorizarán los proyectos de características
socio-productivas por sobre los proyectos socio-comunitarios, lo que
no implica que éstos últimos no serán financiados.
Ejemplo: podrán presentar
a) dos proyectos socio-productivos
b) un proyecto socio -productivo y otro socio-comunitario
c) un proyecto socio-productivo
d) un proyecto socio-comunitario
No se podrá presentar un sólo
proyecto que supere los $30.000. (es decir, se presentan dos proyectos
de hasta $30.000 o uno hasta 30.000, no uno de $60.000).
El plazo de ejecución de los proyectos
será de un mínimo de un año y medio a partir del
otorgamiento del subsidio, contando el período de evaluación
de impacto. El seguimiento y asistencia técnica de los proyectos
en el territorio durante el período de diseño, planificación
y ejecución estará a cargo de un equipo técnico
del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación
El monto a otorgar por proyecto surge
de la evaluación técnica del mismo realizada por el equipo
de evaluación del Ministerio, considerando que hasta el 20% del
monto total subsidiado podrá ser destinado para gastos operativos
del proyecto que no incluyan:
- Compra de terrenos e inmuebles
- Pagos de arriendos, seguros e impuestos
- Construcción de instalaciones (viviendas, locales, oficinas)
- Pago y refinanciación de deudas
- Compra de rodados
- Trámites administrativos
- Honorarios por asistencia técnica
- Capacitación como único objetivo del proyecto
Los honorarios por asistencia técnica,
seguimiento, fortalecimiento y
evaluación de los proyectos serán contemplados en otra
línea de financiamiento específica que tiene el Ministerio
de Desarrollo Social, que deberá solicitarse con formulario específico
acompañado de un currículum institucional.
Los proyectos específicos de capacitación
y asistencia técnica que
presenten las Universidades serán considerados dentro del Programa
Redes
Este programa entrega subsidios para
la constitución de fondos de
crédito en las localidades. El Ministerio de Desarrollo Social
aporta hasta el 80% del fondo y la contraparte el 20% restante. Del
total el Ministerio entrega un 15% más destinado a capacitación
y asistencia técnica de los proyectos financiados.
Los fondos pueden ser administrados a través de los Municipios
y ONG´s locales. En el caso de las Universidades es importante
la evaluación institucional, los antecedentes y la responsabilidad
financiera para garantizar la continuidad del fondo en el tiempo.
Los créditos serán a 30 meses como máximo con un
interés del 6% anual en el plazo establecido en función
de cada caso.
Para la presentación de los proyectos
socio- productivos deberá
utilizarse el formulario adjunto perteneciente al Plan de Desarrollo
Local y economía Social ¨Manos a la Obra¨, que también
se encuentra en la página web del Ministerio de Desarrollo Social
y para la presentación de los proyectos socio-comunitarios deberá
utilizarse el formulario guía de la Secretaría de Políticas
Universitarias de MECyT.
Hasta el momento, éstas son las
modificaciones previstas, quedando a
su disposición para cualquier consulta al respecto.
Sin otro particular, saludo a usted muy
atentamente.
Últimas
novedades:
Estimado/a Secretario/a:
Me es grato dirigirme a usted para informale que con referecia a la
presentación de Proyectos de Extensión Universitaria,
en el marco de los
Convenios MECyT Nº 641/03 (UPrivadas/ y 643/03 UPúblicas),
se deberá
tener en cuenta lo siguiente:
- 80% del monto del proyecto para el desarrollo del mismo
- 20% para gastos operativo
Por fuera del proyecto se prevé un 15% del monto del proyecto
de
financiamiento para capacitación pero que debe ir acompañado
por un plan
de capacitación, según los últimos acuerdos del
Ministerio de Desarrollo
Social.
Saludos cordiales
Dra. María Liliana Herrera Albrieu
Coordinadora del Área de Extensión Universitaria