Universidad Nacional de San Luis
Secretaría de Extensión Universitaria


Convocatoria a Presentación de Proyectos de

Desarrollo Social 2004

 

BUENOS AIRES,

VISTO, el Convenio MECyT N° 643/03 de fecha 16 de diciembre de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el citado Convenio se formalizó entre la SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS de este Ministerio y el CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL, con el propósito de coordinar y cooperar con acciones orientadas a mejorar la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad social y económica, mediante el uso de recursos humanos, naturales, culturales y económicos que se encuentren en las comunidades en las que están insertas las instituciones universitarias, en un marco de equidad y participación social.

Que el mismo contempla la posibilidad de que las instituciones universitarias presenten proyectos de extensión que involucren trabajos conjuntos y coordinados con la comunidad a través de organizaciones no gubernamentales, destinados a promover y consolidar proyectos productivos y/o comunitarios; fortalecer espacios asociativos locales e interinstitucionales que favorezcan la capacidad de intervención en políticas sociales a partir del desarrollo local; capacitar a pequeñas unidades económicas y a emprendedores y/o trabajadores que las componen, entre otros propósitos.

Que se hace necesario establecer las condiciones y requisitos de preselección que deberán cumplimentar las instituciones universitarias para la elaboración de los proyectos de extensión.

Que es menester conformar la comisión que tendrá a su cargo el proceso de preselección de los proyectos de extensión que presenten las instituciones universitarias y que posteriormente serán remitidos para su selección por la mencionada SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES.

Que a los fines específicos de su ejecución resulta necesario asignar la responsabilidad de la coordinación operativa al área encargada de extensión universitaria en la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL, EVALUACIÓN Y PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a esta Secretaría por el Anexo I, apartado XIX, punto 1) del Decreto Nº 357/02

Por ello,
EL SECRETARIO DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar las condiciones y requisitos de preselección que deberán cumplimentar las Instituciones Universitarias para la presentación de los proyectos de extensión universitaria, que como ANEXO I y II se incorporan a la presente.

ARTÍCULO 2°.- Crear la Comisión de Preselección de Proyectos de Extensión Universitaria ad-honorem, que será coordinada por la Dra. María Liliana N. HERRERA ALBRIEU (D.N.I. Nº 6.423.723) y estará constituida por la Mg. O. Beatriz Leonor de LUCA (D.N.I. N° 5.172.885) y el Lic. Marcelo MONZÓN (D.N.I. Nº 16.737.296), en representación de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS y la Mg. María Cristina BURBA (D.N.I. N° 5.585.804) y el Dr. Daniel SCARAMUCCIA (D.N.I. N° 20.000.058), en representación del CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL.

ARTICULO 3°.- Autorizar a la Dra. María Liliana N. HERRERA ALBRIEU (D.N.I. Nº 6.423.723) y/o al Lic. Martín OLIVER (D.N.I. Nº 25.878.541) para que hagan de nexo con la SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en el proceso de selección.
ARTÍCULO 4º - Regístrese, comuníquese y archívese.

ANEXO I

Bases para la Preselección de Proyectos de
Extensión Universitaria - Universidades Nacionales
(provisorias)

Introducción

La función de extensión cobra particular importancia en la creación y multiplicación de vínculos con la sociedad, no sólo para transferir conocimientos sino también para aprender y reflexionar sobre su comportamiento y necesidades. La interacción con la sociedad facilita la elaboración de respuestas y soluciones eficaces, a la vez que contribuye a enriquecer y reorientar la docencia y la investigación.

El Convenio Marco formalizado por la Secretaría de Políticas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, la Secretaría de Políticas Universitarias de este Ministerio y el Consejo Interuniversitario Nacional - CIN, refleja la voluntad y el compromiso de posibilitar que las instituciones universitarias contribuyan a mejorar la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad social, a través de la presentación de proyectos de extensión.

La Secretaría de Políticas Universitarias, por intermedio de la Dirección Nacional de Coordinación Institucional, Evaluación y Programación Presupuestaria y en particular el Area de Extensión Universitaria, que tendrá su cargo la coordinación operativa, convoca a todas las secretarías, direcciones o áreas equivalentes responsables de extensión de las instituciones universitarias nacionales, a participar de este proceso que se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: La preselección será efectuada por la Comisión de Preselección conformada a tal fin y que consta en el cuerpo principal de esta resolución.

SEGUNDA: Se considerarán a efectos de esta convocatoria dos tipos de proyectos de extensión con las siguientes características:
Socio - productivos: aquellos proyectos orientados al trabajo conjunto y coordinado de la comunidad a través de organizaciones no gubernamentales - ONGs, junto con las universidades en la producción de bienes y servicios.
Socio - comunitarios: los proyectos encaminados al trabajo conjunto y coordinado de la comunidad a través de organizaciones no gubernamentales - ONGs, junto con las universidades para mejorar las condiciones de vida de la población en situación de vulnerabilidad social y económica y/o que faciliten la conformación o conservación de redes sociales y espacios asociativos locales e interinstitucionales, dirigidos a favorecer la capacidad de intervención en políticas sociales a partir de desarrollo local.

TERCERA: Los proyectos que se presenten en ejecución o a ejecutarse, de acuerdo con lo establecido en el Convenio Marco, estarán destinados a:

a) Fomentar proyectos, capacitar y brindar asistencia sobre el cuidado de la salud, la educación alimentaria y principios de nutrición, los derechos de las personas, la habitabilidad de la vivienda y de su entorno particular y urbano, el acceso a la información, la cultura y el conocimiento y toda iniciativa que apunte a mejorar la calidad de vida y garantizar la inclusión de los sectores sociales más vulnerables de nuestra sociedad.
b) Promover y consolidar proyectos productivos y comunitarios a través de estrategias de inclusión social
c) Fortalecer espacios asociativos locales e interinstitucionales que favorezcan la capacidad de intervención en políticas sociales a partir del desarrollo local
d) Capacitar y brindar asistencia técnica a pequeñas unidades económicas y a emprendedores y/o trabajadores que las componen, destinadas a la creación, desarrollo y sustentabilidad de emprendimientos productivos de pequeña escala
e) Capacitar y brindar asistencia sobre el cuidado de la salud, la educación alimentaria y principios de nutrición
f) Fomentar proyectos destinados a culminar la escolaridad básica de jóvenes y adultos y especialmente de las madres
g) Promover proyectos que tengan como objetivo el desarrollo integral de la persona desde la primera infancia
h) Promover y/o fortalecer proyectos orientados a elevar la calidad de vida de las comunidades aborígenes
i) Capacitar en voluntariado social
j) Fortalecer redes solidarias con la comunidad que tengan como propósito la capacitación sobre seguridad alimentaria y estimular la participación de las familias y personas que trabajan en forma individual o en organizaciones de la sociedad

CUARTA: Los proyectos socio - productivos que se presenten deberán cumplir con los requisitos establecidos en la guía de presentación de proyectos del Ministerio de Desarrollo Social, Plan Nacional de Desarrollo Local y Economía Social.

QUINTA: Los proyectos comunitarios a presentarse para esta convocatoria deberán cumplimentar los requisitos establecidos en el Formulario que consta como ANEXO II de la presente.

SEXTA: Cada institución universitaria presentará uno o dos proyectos hasta el 15 de julio de 2004 y deberán remitirse con el aval del o la responsable de extensión universitaria y la del Rector o Rectora de su institución. La presentación deberá efectuarse en original y dos copias acompañados de un disquete (formato doc o rtf) colocado en un sobre con el original destinado al Area de Extensión Universitaria, perteneciente a la Dirección Nacional de Coordinación Institucional, Evaluación y Programación Presupuestaria, sita en Av. Santa Fe 1548, piso 13º C.A. de Buenos Aires, Código Postal C 1060 ABO, personalmente o por correo postal y por correo electrónico a: lalbrieu@me.gov.ar o atorres@me.gov.ar

SEPTIMA: La Comisión de Preselección tendrá en cuenta sólo aquellos proyectos que se ajusten a las cláusulas SEGUNDA, TERCERA, CUARTA y QUINTA de estas bases. Los preseleccionados serán remitidos a la Secretaría de Políticas Sociales para su selección y posterior asignación de fondos.

OCTAVA: La Secretaría de Políticas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, tendrá a su cargo la selección de los proyectos y establecerá el monto que le corresponde a cada uno de los seleccionados y los insumos o herramientas que fuesen necesarios.

NOVENA: La utilización de los recursos no podrá exceder el año a partir de la fecha de la asignación de recursos, con la obligación de presentar un informe de avance del proyecto a los seis meses y otro al final al cumplir el año. Asimismo deberán enviar una rendición de cuentas por la utilización de los recursos de acuerdo con las modalidades que oportunamente se impartirán.

DECIMA: Todas las instituciones universitarias que participen de esta convocatoria aceptan las bases establecidas para la preselección y las resoluciones de la Comisión conformada al efecto, no serán susceptibles de revisión, ni reconsideración.

DECIMO PRIMERA: La Dirección Nacional de Coordinación Institucional, Evaluación y Programación Presupuestaria comunicará a las instituciones universitarias las propuestas preseleccionadas y la fecha de remisión de las mismas a la Secretaría de Políticas Sociales.

ANEXO II

Formulario para Presentación de Proyectos de Extensión Socio-Comunitarios:

1. Denominación o título del proyecto
2. Instituciones participantes/responsables
3. Equipo de trabajo
4. Relevancia y justificación del proyecto
4.1. Enunciar sintéticamente el contexto social problemático que da origen al proyecto
4.2. Identificar el o los problemas a resolver
4.3. Justificación del proyecto
4.4. Identificación de los destinatarios
4.5. Justificación de la estrategia seleccionada
4.6. Impacto esperado en el medio
5. Objetivos:
5.1. Generales
5.2. Específicos
6. Metas (indicadas en meses), recursos humanos y de infraestructura
7. Cronograma de actividades
8. Efectos esperados
8.1. Enunciación de los resultados e impactos esperados
8.2. Enunciación de los indicadores de medición
8.3. Coherencia del proyecto
8.4. Estrategias de sustentabilidad del proyecto a futuro
9. Otras instituciones y/o actor/es que participarían secundariamente en el proyecto
10. Financiamiento
Indicar rubro desagregado por cantidad y tipo de insumo solicitado (ej.: pasantía, capacitación, bienes de consumo, infraestructura, entre otros), el costo unitario y total por insumo y el costo total del rubro y del proyecto.
12. Describir y acompañar la documentación que acredite la personería jurídica de la/s ONG/s y funcionamiento de la/s misma/s.

Se sugiere para la presentación del proyecto: tamaño de papel A4 o carta, tipo de letra: Times New Roman 12 o Arial 10 o equivalente, las respuestas en la medida de lo posible que no excedan los 15 renglones.

Guía para la Presentación de Proyectos de Extensión Universitaria-Socio Comunitarios (Convenio 643/03 MECyT)

Formulario de Presentación de Proyectos de Emprendimientos Productivos

 

Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios Técnicos, Capacitación y Fortalecimiento Institucional

BUENOS AIRES,

VISTO la Resolución N°1375 del Ministerio de Desarrollo Social (de creación del manos) y,

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el se ha creado en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social el PLAN NACIONAL DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMÍA SOCIAL, "MANOS A LA OBRA" .
Que dicho PLAN posee como objetivos generales contribuir a la mejora del ingreso de la población en situación de vulnerabilidad social, la promoción de la economía social mediante el apoyo técnico y financiero a emprendimientos productivos de inclusión social generados por personas, familias o grupos de personas en el marco de procesos de desarrollo local y el fortalecimiento a organizaciones públicas y privadas, así como espacios asociativos y redes a fin de mejorar los procesos de desarrollo local e incrementar el capital social, mejorar su efectividad y generar mayores capacidades y opciones a las personas.

Que entre los componentes del Plan Manos a la Obra establecidos en la citada Resolución se definen tanto el fortalecimiento institucional de los espacios de concertación local - Consejos Consultivos Locales y Provinciales de Políticas Sociales, las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, los equipos territoriales y los espacios de intercambio de la economía social en las localidades, provincias y regiones como las acciones de asistencia técnica y capacitación en las instancias de formulación y ejecución de los proyectos a los emprendedores y grupos de emprendimientos facilitando el intercambio de experiencias y la interrelación en el territorio y en forma sectorial.

Que en este marco, resulta prioritario asistir técnicamente a los distintos actores sociales que participan en todo el país en el PLAN MANOS A LA OBRA, desarrollando acciones de capacitación y asistencia técnica, sistematización y evaluación de procesos de Desarrollo Local destinadas a fortalecer las diferentes prestaciones de dicho Plan.

QUE a fin de garantizar la transparencia y articulación de las acciones resulta necesario implementar el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios Técnicos, Capacitación y Fortalecimiento Institucional ( REGITEC) del PLAN MANOS A LA OBRA, con el objetivo de constituirse en una herramienta de descentralización de las prestaciones de los servicios técnicos, capacitación y fortalecimiento institucional de dicho PLAN.

Que en ese mismo orden resulta también necesario reglar los aspectos operativos, requisitos y tramitación requerida para la inscripción en dicho REGISTRO.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios, sus normas modificatorias y complementarias, el Decreto N° 357/02 y modificatorios, y el Decreto N° 9 del 25 de mayo de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLITICAS SOCIALES
RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Créase, en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO TERRITORIAL Y ECONOMIA SOCIAL , el Registro de Instituciones Prestadoras de Servicios Técnicos, Capacitación y Fortalecimiento Institucional ( REGITEC) para el PLAN MANOS A LA OBRA como instrumento de identificación de instituciones , certificación de avales técnicos, profesionales y evaluación de antecedentes de Instituciones que prestan servicios de asistencia y capacitación.

ARTÍCULO 2°.-El Registro tendrá por OBJETIVO identificar aquellas instituciones que posean las calificaciones técnicas y cumplan con los requisitos que les permitan brindar capacitación y apoyar procesos de desarrollo de capacidades y fortalecimiento institucional a organismos públicos y organizaciones no gubernamentales que a su vez, pudieran ser potenciales proveedores de acciones de asistencia técnica en el marco de la política social desarrollada por la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO TERRITORIAL Y ECONOMIA SOLIDARIA. El REGITEC constituye un mecanismo de evaluación y clasificación para que la Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Economía Social intermedie entre la oferta y la demanda de las solicitudes de capacitación que hagan organizaciones sociales u organismos de Gobierno.

ARTÍCULO 3°.- Las funciones del REGITEC son las siguientes:

a) Evaluar los antecedentes presentados por las Instituciones desde el punto de vista de su capacidad técnica , académica y trayectoria en la temática.
b) Garantizar los saberes expertos de las Instituciones en las cuestiones objeto de la capacitación.
c) Organizar la oferta de las instituciones según temática, actores, destinatarios y localización territorial para la realización de servicios sociales y capacitación a las distintas prestaciones que ofrece el Plan Manos a la Obra.
d) Emitir el certificado de inscripción a las instituciones que se presenten. Este certificado constituirá un requisito para participar en las solicitudes de capacitación, que a tal fin, convoque la Secretaria de Políticas Sociales y Desarrollo Humano.

ARTÍCULO 4°.- Podrán ser inscriptos en el REGITEC las Personas Jurídicas de Derecho Público y Privado, las Universidades Públicas y Privadas, Las Organizaciones de la Sociedad Civil de Desarrollo ( Asociaciones Civiles , Fundaciones,Sociedades), Consejos Profesionales ,Cámaras Empresariales y Cooperativas, cuyo objeto social coincida con la realización de actividades de prestación de servicios técnicos del Plan Manos a la Obra.

Aquellas organizaciones que cuenten con la inscripción en el Registro Nacional Obligatorio de ONG y/o la Base de Datos del Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC), deberán presentar el número y completar los requisitos de este registro que funcionará de manera complementaria con los ya existentes

ARTÍCULO 5°.- A los efectos de solicitar su inscripción, las INSTITUCIONES TÉCNICAS DE CAPACITACIÓN deberán completar el formulario que obra en el Anexo I de la presente Resolución , adjuntando al mismo Curiculum Institucional en el que conste antecedentes de capacitación, asistencia Técnica , CV de los profesionales a cargo y Número de Registro de Personería Jurídica
c) Entes Estatales Nacionales y Provinciales
· Autorización otorgada por el representante de la institución para contraer obligaciones.

Todos los datos que se consignen tendrán carácter de declaración jurada y estarán disponibles para su verificación por parte de la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano en el momento en que ésta lo considere oportuno
Los formularios deberán presentarse debidamente completados en formato papel y diskette.

ARTÍCULO 6: LA SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y DESARROLLO HUMANO establecerá la fecha de apertura del REGITEC, lugar y plazo de inscripción en el registro.

ARTÍCULO 7.- La vigencia de certificado de inscripción en el REGITEC será de tres años a partir del momento de su otorgamiento con seguimiento y monitoreo anual.

ARTÍCULO 8: LAS instituciones inscriptas que resulten elegidas y que la Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano convoque para la asignación de Servicios, según las condiciones de oferta y localización, celebrarán un Convenio cuyo formato tipo se adjunta a la presente Resolución como Anexo 2. En caso de incumplimiento de los términos del Convenio se podrá proceder a la suspensión del mismo.

ARTÍCULO 10.- Dispónese, que la RED FEDERAL DE CONTROL PÚBLICO podrá realizar controles y auditorías de gestión en relación al pesente REGISTRO, todo ello sin perjuicio de los controles que le competen a la AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 11-Regístrese, comuníquese, archívese.

Formulario REGITEC

 

Cambios remitidos por la Coordinación de Asuntos Académicos

 

Buenos Aires, 6 de mayo de 2004

Señor/a Secretario/a:

De mi consideración:

Por la presente, tengo el agrado de dirigirme a usted, con relación a los cambios recientemente remitidos por la Coordinación de Asuntos Académicos de la Secretaría de Políticas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, respecto de la convocatoria para la presentación de proyectos socio-productivos y socio-comunitarios de acuerdo con el convenio 643/03.

En este sentido, se ratifica la presentación de Universidades Públicas a través de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación podrán presentar hasta dos proyectos de características socio-productivas o socio-comunitarias para el período comprendido entre septiembre 2004 y septiembre 2005, operacionalizados a través de una organización no gubernamental o conjuntamente con una o más organizaciones de la sociedad civil.

El monto a otorgar será de hasta un máximo de $30.000 por proyecto.
Pudiéndose presentar hasta dos proyectos durante el período establecido. Se priorizarán los proyectos de características socio-productivas por sobre los proyectos socio-comunitarios, lo que no implica que éstos últimos no serán financiados.
Ejemplo: podrán presentar
a) dos proyectos socio-productivos
b) un proyecto socio -productivo y otro socio-comunitario
c) un proyecto socio-productivo
d) un proyecto socio-comunitario

No se podrá presentar un sólo proyecto que supere los $30.000. (es decir, se presentan dos proyectos de hasta $30.000 o uno hasta 30.000, no uno de $60.000).

El plazo de ejecución de los proyectos será de un mínimo de un año y medio a partir del otorgamiento del subsidio, contando el período de evaluación de impacto. El seguimiento y asistencia técnica de los proyectos en el territorio durante el período de diseño, planificación y ejecución estará a cargo de un equipo técnico del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación

El monto a otorgar por proyecto surge de la evaluación técnica del mismo realizada por el equipo de evaluación del Ministerio, considerando que hasta el 20% del monto total subsidiado podrá ser destinado para gastos operativos del proyecto que no incluyan:

- Compra de terrenos e inmuebles
- Pagos de arriendos, seguros e impuestos
- Construcción de instalaciones (viviendas, locales, oficinas)
- Pago y refinanciación de deudas
- Compra de rodados
- Trámites administrativos
- Honorarios por asistencia técnica
- Capacitación como único objetivo del proyecto

Los honorarios por asistencia técnica, seguimiento, fortalecimiento y
evaluación de los proyectos serán contemplados en otra línea de financiamiento específica que tiene el Ministerio de Desarrollo Social, que deberá solicitarse con formulario específico acompañado de un currículum institucional.

Los proyectos específicos de capacitación y asistencia técnica que
presenten las Universidades serán considerados dentro del Programa Redes

Este programa entrega subsidios para la constitución de fondos de
crédito en las localidades. El Ministerio de Desarrollo Social aporta hasta el 80% del fondo y la contraparte el 20% restante. Del total el Ministerio entrega un 15% más destinado a capacitación y asistencia técnica de los proyectos financiados.
Los fondos pueden ser administrados a través de los Municipios y ONG´s locales. En el caso de las Universidades es importante la evaluación institucional, los antecedentes y la responsabilidad financiera para garantizar la continuidad del fondo en el tiempo.
Los créditos serán a 30 meses como máximo con un interés del 6% anual en el plazo establecido en función de cada caso.

Para la presentación de los proyectos socio- productivos deberá
utilizarse el formulario adjunto perteneciente al Plan de Desarrollo Local y economía Social ¨Manos a la Obra¨, que también se encuentra en la página web del Ministerio de Desarrollo Social y para la presentación de los proyectos socio-comunitarios deberá utilizarse el formulario guía de la Secretaría de Políticas Universitarias de MECyT.

Hasta el momento, éstas son las modificaciones previstas, quedando a
su disposición para cualquier consulta al respecto.

Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente.

Últimas novedades:

Estimado/a Secretario/a:

Me es grato dirigirme a usted para informale que con referecia a la
presentación de Proyectos de Extensión Universitaria, en el marco de los
Convenios MECyT Nº 641/03 (UPrivadas/ y 643/03 UPúblicas), se deberá
tener en cuenta lo siguiente:
- 80% del monto del proyecto para el desarrollo del mismo
- 20% para gastos operativo
Por fuera del proyecto se prevé un 15% del monto del proyecto de
financiamiento para capacitación pero que debe ir acompañado por un plan
de capacitación, según los últimos acuerdos del Ministerio de Desarrollo
Social.

Saludos cordiales
Dra. María Liliana Herrera Albrieu
Coordinadora del Área de Extensión Universitaria