VILLA MERCEDES (SAN LUIS), agosto 14 del 2002
VISTO:
El Expediente Nº P-5-556/02,
Que las evaluaciones que se realizan en Carreras de Posgrado, están generando problemas debido a sus diferencias con las evaluaciones de Carreras de Grado, y
CONSIDERANDO:
Que la gestión administrativa de las evaluaciones de posgrado debe ser flexible; ya que en estos casos no hay Tribunal Evaluador, los Profesores pueden ser de otras Universidades e inclusive de otros países.
Que los alumnos en la mayoría de los casos son evaluados mediante trabajos monográficos o proyectos, pudiendo presentar esos trabajos en un margen de tiempo muy diferente.
Que esto dificulta al Profesor y al Coordinador de Carrera elevar los resultados de las evaluaciones mediante las actas confeccionadas por el Departamento de Alumnos.
Que en la Ordenanza del Consejo Superior Nº 54/91 (reglamentaria del Postrado en la Universidad Nacional de San Luis), no están contemplados estos procedimientos.
Que conforme lo normado por la Ordenanza del Consejo Superior Nº 29/98, lo solicitado encuadra en el siguiente Propósito Institucional: 9º.- Generar y mantener en constante revisión crítica, metodologías de acción institucional orientadas a crear y afianzar el conjunto de condiciones que se estimen necesarias para la concreción de los propósitos que definen sus funciones específicas; y en la Recomendación de la Comisión de Autoevaluación de esta Facultad: 32º.- Propender a la innovación de la gestión administrativa a través de medidas superadoras, en el marco de las funciones organizacionales, que contribuyan al cumplimiento de los Propósitos Institucionales.
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL
DECANO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA Y CIENCIAS
ECONÓMICO-SOCIALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Los
resultados de las evaluaciones de los alumnos de Carreras de Posgrado, serán
presentados por Mesa de Entradas, dirigidos a la Subsecretaría de Posgrado, por
el Coordinador de la Carrera, utilizando el modelo que se adjunta como Anexo I.
ARTÍCULO 2º.- A la nota citada en el Artículo precedente se debe adjuntar el comprobante que haya entregado el Profesor al Coordinador, preferentemente una nota original firmada por el mismo, o avalada por el Coordinador, con la lista de alumnos aprobados y su calificación, pudiendo también aceptarse la nota enviada por correo común, por fax, o por correo electrónico.
ARTÍCULO 3º.- La
Subsecretaría de Posgrado por último remitirá estos trámites al Departamento de
Alumnos para que sean asentados.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, insértese en el Libro de Resoluciones y archívese.
RESOLUCIÓN D. Nº
273/02
P: 9 |
R: 31 |
ANEXO I
Villa Mercedes, / / .
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Por la presente elevo la lista del/los alumno/s aprobado/s:
Apellido y nombre del alumno:
DNI:
Reg. Nº:
Carrera:
Módulo:
Nombre del Profesor:
Asignatura:
Seminario:
Calificación:
La presente tiene el valor de una Declaración Jurada.
Debe elevarse adjunta la nota firmada por el Profesor, o en su defecto fotocopia del fax o correo electrónico, en cuyo caso deberá estar firmada por el Coordinador de Carrera.
Firma
Coordinador/a de Carrera
Corresponde
Resolución D. Nº 273/02
Ingeniero Oscar Daniel MORÁN
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Ingeniero Daniel Elso MORANO
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SUBSECRETARIO DE POSTGRADO |
DECANO |
F.I.C.E.S. |
F.I.C.E.S. |