Borrador Estatuto del Centro de Graduados
Art. 01) Denominación:
El Centro de Graduados de la Facultad de Ingeniería y Ciencias Económico Sociales de la Universidad Nacional de San Luis es una entidad de carácter social, que tendrá su domicilio legal en la ciudad de Villa Mercedes (San Luis).
Art. 02) Objeto:
El Centro de Graduados tiene por objeto favorecer la integración entre los Graduados de las carreras de grado y posgrado de la Facultad de Ingeniería y Ciencias Económico Sociales, entre sí y con instituciones y empresas del país y del exterior, así como la capacitación continua de sus miembros.
Art. 03) Patrimonio:
Su patrimonio se compone de :
a) Las cuotas que abonen los Asociados.
b) Bienes que adquiera por cualquier título, así como las rentas que produzcan los mismos,
c) Donaciones, legados y subvenciones,
d) Cualquier otro ingreso o contribución que reciba a titulo legal.
Art. 04) Socios:
El Centro de Graduados contará con las siguientes categorías de asociados :
a) Socios: Serán socios por la sola condición de ser graduado de una carrera de grado o posgrado de la FICES. No tendrán derecho a acceder plenamente a las prestaciones y servicios que brinde el Centro de Graduados.
b) Socios Activos: Serán socios "Activos" cualquier persona graduada en la FICES o en otras instituciones universitarias del país o del exterior, que cumplan con los requisitos establecidos y abone sus cuotas sociales determinada por la Comisión Directiva. Tendrá derecho a acceder a las prestaciones y servicios que brinde el Centro de Graduados.
c) Socios Honorarios: Serán socios "Honorarios" aquellas personas que a juicio la Comisión Directiva y en función de sus antecedentes merezcan formar parte de este Centro de Graduados. Se les eximirá del pago de cuotas.
Art. 05) Ingreso de Socios Activos:
El ingreso de Socios se hará según los procedimientos que adopte la Comisión Directiva.
Art. 06) Moras:
Todo Socio Activo que se atrase en el pago de las cuotas sociales será notificado por escrito de su obligación de ponerse al día. Transcurrido dos mes sin regularizar su contribución, será dado de baja en su condición de activo.
Art. 07) Expulsión:
Todo Socio Activo podrá ser expulsado por el voto unánime de todos los miembros la Comisión Directiva cuando su permanencia como socio activo no fuera conveniente para el Centro.
Art. 08) Situación Contable - Financiera:
El Consejo elaborara cuatrimestralmente un reporte que será puesto a disposición de los socios, donde reflejara el origen y aplicación de fondos del periodo considerado y un plan de ingresos y egresos futuros.
Art. 09) Órganos de Administración y Gobierno:
La administración del Centro de Graduados estará integrada por un Consejo Directivo integrado por siete miembros titulares y dos suplentes cuya elección surgirá del voto de los socios activos, y un Presidente elegido entre y por los miembros la Comisión Directiva en la primera reunión ordinaria luego de la elección anual. Los miembros de la Comisión Directiva tendrán derecho a ser reelegidos. La Comisión Directiva se reunirá una vez por mes en fecha a determinarse previamente por el propio Consejo Directivo. En caso de reuniones adicionales se deberá citar en forma fehaciente a sus miembros.
Art. 10) Elecciones:
Las elecciones se llevarán a cabo de manera anual y en coincidencia con la Asamblea Anual de Socios Activos. Tendrán derecho a votar y a postularse todos los socios activos con su aporte anual al día, para lo cual se elaborará un padrón.
En la elección Anual podrán votar únicamente los socios activos que asistan al evento y en nombre propio.
El mecanismo de votación estará dado por el siguiente proceso:
- cada socio activo elegirá tres postulantes en su voto en orden de prioridades.
- en el conteo, cada postulante recibirá un voto de acuerdo a que haya sido elegido por cada socio activo en la terna. En caso de empate se contarán los segundos lugares, y en caso de empate los terceros lugares.
- finalmente se sumarán todos los votos de cada postulante, y los siete que obtengan la mayor cantidad de votos serán los elegidos. Los dos siguientes serán elegidos primer suplente y segundo suplente por orden de votos, y podrán participar en las reuniones con voz pero sin voto salvo en los casos previsto en el artículo 11.
Art. 11) De los miembros suplentes de la Comisión Directiva:
Los miembros suplentes de la Comisión Directiva serán elegidos conforme lo prevé el artículo 10 del presente estatuto. Los mismos tendrán derechos a asistir a todas las reuniones de Consejo Directivo, con voz pero sin voto, salvo que los miembros de la Comisión Directiva presentes en la reunión no den número suficiente para tratar los temas, pudiendo en dicho caso ser considerados los miembros suplentes como miembros titulares de la Comisión Directiva.
Asimismo, en caso de renuncia o ausencia prolongada de un miembro titular de la Comisión Directiva se podrá reemplazar el mismo asumiendo como Miembro titular el que se encontrare como primer suplente, y así sucesivamente.
Art. 12) Atribuciones y deberes de la Comisión Directiva:
Son atribuciones y deberes de la Comisión Directiva
a) El fiel cumplimiento de los estatutos del Centro de Graduados y de los Reglamentos Internos que se dicten y la resolución de todo asunto no previsto en ellos.
b) La administración de los fondos que se depositen a nombre del Centro de Graduados;
c) La resolución sobre admisiones, suspensiones, expulsiones o cesantías de Socios,
d) Llevar el libro de reuniones del Consejo en el cual se hará constar las resoluciones que se adopten como así también las elecciones de autoridades,
e) El establecimiento del monto de la Cuota Social, como así mismo cuando lo estime conveniente la cuota de ingreso y su monto,
f) La modificación de las condiciones de ingreso,
g) La realización o autorización de cualquier gasto inherente a la administración,
h) La resolución de todo reclamo de los Socios,
i) La interpretación de este Estatuto.
Art. 13) Atribuciones y deberes del Presidente:
El Presidente será el representante legal del Centro de Graduados para todos los actos, obligaciones y convenios celebrados. Tienen las siguientes atribuciones :
a) Convocar al Consejo Directivo cuantas veces juzgue conveniente o se lo solicite por lo menos dos de sus miembros.
b) Presidir las reuniones de Consejo de manera directa o indirecta.
c) Ejercer facultades de coordinación y disciplinarias.
d) Funcionar como nexo entre el Centro de Graduados y la FICES.
e) Convocar a Asamblea y elecciones anuales y supervisar el proceso
d) Llevar adelante las actividades delegadas por la Comisión Directiva
Art. 14) Comisiones:
Se formaran comisiones para el tratamiento y seguimiento de las distintas actividades que realice el Centro. Las mismas, y sus coordinadores serán elegidas por la Comisión Directiva y se regirán por los objetivos, reglamentos y funciones que le asigne la Comisión Directiva. Las propuestas que elaboren las comisiones serán refrendadas por el Consejo.
Art. 15) Funcionamiento:
Quórum: Las reuniones de Consejo quedaran constituidas validamente con la presencia del Presidente y tres Consejeros.
Resoluciones : Las resoluciones para ser válidas deberán adoptarse por mayoría simple de los presentes. En caso de empate el voto del presidente valdrá doble. Los votos podrán ser a favor, en contra o con abstención.
Art. 16)
Toda aquellas resoluciones que pudiesen afectar en forma directa o indirecta a la FICES o la UNSL serán sometidas a la aprobación de sus autoridades.
Art. 17)
Todo cambio al estatuto vigente deberá ser tratado en oportunidad de la Asamblea Anual, y requerirá para su aprobación de un voto positivo de una mayoría de 2/3 de los socios activos presentes en la Asamblea. El presente estatuto regirá a partir de su aprobación por parte de la Asamblea.
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