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RESOLUCIÓN Nº 31D/11

SAN LUIS, 30 DICIEMBRE DE 2011

VISTO:

La Resolución 07D/10, y la Resolución 19D/11

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución mencionada en el Visto se actualizaron los aportes correspondientes a las distintas categorías de afiliados adherentes reglamentadas mediante la Ord. CS Nº 33/03, y las Resoluciones de la DOSPU Nº 26D/03, 1D/04, 4D/04, 8D/04, 9D/04, 10D/04 y 13D/04.

Que el Directorio en Reunión del día 29 de diciembre de 2011 determinó actualizar los aportes antes mencionados, teniendo en cuenta los aumentos que han tenido los sueldos docentes y no docentes, como asimismo el aumento en los costos de medicamentos y prestaciones;

Que en el Cap. XI de Ordenanza del CS Nº 33, se establece que el monto de los aportes correspondientes a las afiliaciones a la DOSPU, serán fijados por el Directorio.

Que, sin perjuicio del considerando anterior, es conveniente establecer un mecanismo de actualización automática de los aportes.

Que un mecanismo de actualización automática que parece conveniente consiste en establecer un aporte máximo para algunas categorías de adherentes y fijar porcentajes de la misma para las restantes categorías.

Que la cuota máxima puede establecerse como un valor relacionado con los aportes que realizan los docentes universitarios, pudiendo el Directorio de DOSPU fijar directamente el valor de la cuota máxima.

Que la cuota pagada por los adherentes Jubilados debe actualizarse por un mecanismo – distinto al aquí establecido – que contemple el régimen de actualización de los haberes jubilatorios vigente para el personal que ha pertenecido a la UNSL

Que corresponde el dictado de una nueva Resolución, que modifique a la norma vigente, actualizando las cuotas de afiliaciones y estableciendo el mecanismo citado de actualización automática de los aportes fijados para las distintas categorías de adherentes.

Por todo ello y en uso de sus atribuciones.

EL DIRECTORIO DE LA OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL UNIVERSITARIO DE LA U.N.S.L. – D.O.S.P.U 

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Dejar sin efecto los montos establecidos por la Resolución Nº 07D/10 y la Resolución 19D/11

ARTICULO 2º: Establecer a partir del 1º de marzo de 2012, expresar los nuevos valores de aportes mensuales para las distintas categorías de adherentes, como porcentaje de la Cuota Mensual Máxima, conforme se discrimina en el Anexo 1 de la presente, mas el aporte correspondiente al Plan Solidario de Salud (P.S.S.)

ARTICULO 3º: Establecer como Cuota Mensual Máxima la mitad de los aportes mas contribuciones que realiza un Profesor Universitario Titular con máxima antigüedad (4.5% del sueldo total bruto).

ARTICULO 4º: Artículo Transitorio. El valor de Cuota Mensual Máxima establecido en el Artículo anterior regirá a partir del 1 de  diciembre de 2012.  A partir del 01/03/2012, el valor de CMM se regirá por el siguiente cronograma:

ANEXO 2: 01/03/2012 – 31/05/2012 -----------  $ 400
ANEXO 3: 01/06/2012 – 31/08/2012 -----------  $ 500
ANEXO 4: 01/09/2012 – 30/11/2012 ------------ $ 600

Los valores resultantes en cada período se detallan en los Anexos 2, 3 y 4 de la presente.

ARTICULO 5º: Artículo Transitorio: Los adherentes que hayan dejado de serlo desde el 1 de Septiembre de 2011 hasta el 29 de Diciembre de 2011 inclusive, podrán retomar su condición de adherentes, mediante solicitud formal y sin otro requisito, hasta el 29 de Febrero de 2012 inclusive.

ARTICULO 6º: Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la UNSL  y archívese.
 

_________________________________

ANEXO 1

  Aportes correspondientes a las distintas categorías de afiliados adherentes expresados como porcentaje de la C.M.M.

Codigo

Sub-código

Categoría

% C.M.M (I)

PSS (II)

Total

a) Adherente Hijo de afiliado que hayan dejado reunir las condiciones de no aportantes hasta los 30 años de edad Resolución Nº 9D/04

A

1

Adherente Hijo

45

PSS

I + II + I.V.A.

A

2

Cónyuge

38

0

I + II + I.V.A.

A

3

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

I + II + I.V.A.

A

4

3º Hijo o mas c/u 

30

0

I + II + I.V.A.

b) Adherente Hijo de afiliado activo de 31 a 45 años de edad. Resolución Nº10D/04

B

1

Adherente Hijo

81.5

PSS

I + II + I.V.A.

B

2

Cónyuge

70

0

I + II + I.V.A.

B

3

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

I + II + I.V.A.

B

4

3º Hijo o mas c/u 

30

0

I + II + I.V.A.

c) Adherente Hijo de afiliado activo de 46 a 65 años de edad. Resolución Nº 4D/04

C

1

Adherente Hijo

100

PSS

I + II + I.V.A.

C

2

Cónyuge

85

0

I + II + I.V.A.

C

3

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

I + II + I.V.A.

C

4

3º Hijo o mas c/u 

30

0

I + II + I.V.A.

d) Adherente Hijo del cónyuge o concubino siempre que no supere los 21 o 26 años de edad

D

1

Adherente Hijo

45

PSS

I + II + I.V.A.

e) Adherente Hijo de afiliado titular y/o cónyuge fallecido, que hayan dejado de reunir las condiciones de no aportantes, hasta los 25 años de edad.  Resolución Nº 13D/04.

E

1

Adherente Hijo

45

PSS

I + II + I.V.A.

f) Adherente Nieto del afiliado activo hasta los 21 o 25 años de edad según Resolución Nº 8D/04

F

1

Adherente Nieto

45

PSS

I + II + I.V.A.

g) Adherente ex agente de la UNSL Resolución 1D/04

G

1

Afil Tit. menor de 45 años

81.5

PSS

I + II + I.V.A.

G

2

Afil. Tit. de 46 a 55 años

100

PSS

I + II + I.V.A.

G

3

Cónyuge menor de 45 años  

70

0

I + II + I.V.A.

G

4

Cónyuge de 46 a 55 años

85

0

I + II + I.V.A.

G

5

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

I + II + I.V.A.

G

6

3º Hijo o mas c/u 

30

0

I + II + I.V.A.

h) Adherente ascendiente en 1º grado menores de 65 años de edad que se incorporen dentro de los sesenta días corridos de la fecha de ingreso del titular como agente de la UNSL (Ord. C.S. Nº 33)

H

1

  Padre

42

PSS

I + II + I.V.A.

i) Adherente ascendiente en 1º grado que se incorpora con posterioridad a los 60 días del ingreso del agente activo a la UNSL y cuya edad debe ser menor a 55 años. Resolución Nº 10D/05

I

1

1º Padre

100

PSS

I + II + I.V.A.

I

2

2º Padre 

85

0

I + II + I.V.A.

j) Adherente egresado de la UNSL. Resolución 4D/04

 

J

1

Egresado menor a 45 años

81.5

PSS

I + II + I.V.A.

J

2

Egresado de 46 a 55 años 

100

PSS

I + II + I.V.A.

J

3

Cónyuge menor de 45 años 

70

0

I + II + I.V.A.

J

4

Cónyuge de 46 a 55 años  

85

0

I + II + I.V.A.

J

5

 1º y 2º Hijo c/u  

35

0

I + II + I.V.A.

J

6

3º Hijo o mas c/u 

30

0

I + II + I.V.A.

k) Afiliados adherentes, parientes del afiliado activo en línea descendente y línea colateral. Resolución Nº 8D/05

K

1

Hermano menor de 30 años

81.5

PSS

I + II + I.V.A.

K

2

Hermano de 31 a 55 años   

100

PSS

I + II + I.V.A.

K

3

Sobrino Menor de 30 años 

81.5

PSS

I + II + I.V.A.

K

4

Sobrino de 31 a 55 años 

100

PSS

I + II + I.V.A.

k1) Cónyuge del Hermano/ Sobrino

 

k1

1

Cónyuge menor de 30 años  

70

0

I + II + I.V.A.

k1

2

Cónyuge de 31 a 55 años

85

0

I + II + I.V.A.

k2) Hijo de Hermano/ sobrino

 

l2

1

1º y 2º Hijo c/u       

35

0

I + II + I.V.A.

l2

2

3º Hijo o mas c/u  

30

0

I + II + I.V.A.

l) Ex afiliados a la DOSPU Resolución 4D/04

 

L

1

Ex Afiliado menor a 45 años

81.5

PSS

I + II + I.V.A.

L

2

Ex Afiliado de 46 a 55 años 

100

PSS

I + II + I.V.A.

L

3

Cónyuge menor de 45 años

70

0

I + II + I.V.A.

L

4

Cónyuge de 46 a 55 años 

85

0

I + II + I.V.A.

L

5

1º y 2º Hijo c/u 

35

0

I + II + I.V.A.

L

6

3º Hijo o mas c/u     

30

0

I + II + I.V.A.

m) Agentes vinculados a la DOSPU Ordenanza Nº 33 CS (Prestadores Internos) deberán aportar el 9% de lo Facturado y no menos de lo previsto para Egresados Universitarios, monto que cubre la afiliación del grupo familiar primario.


ANEXO 2

Aportes correspondientes a las distintas categorías de afiliados adherentes durante el periodo 01/03/2012 – 31/05/2012. C.M.M.= $400; PSS=$14.5


Periodo:

01/03/2012

31/05/2012

Cuota Mensual Máxima:

400

Codigo

Sub-código

Categoría

% C.M.M (I)

PSS (II)

Total

a) Adherente Hijo de afiliado que hayan dejado reunir las condiciones de no aportantes hasta los 30 años de edad Resolución Nº 9D/04

 

a

1

Adherente Hijo

45

14.5

194.5

a

2

Cónyuge

38

0

152

a

3

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

140

a

4

3º Hijo o mas c/u 

30

0

120

b) Adherente Hijo de afiliado activo de 31 a 45 años de edad. Resolución Nº10D/04

 

b

1

Adherente Hijo

81.5

14.5

340.5

b

2

Cónyuge

70

0

280

b

3

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

140

b

4

3º Hijo o mas c/u 

30

0

120

c) Adherente Hijo de afiliado activo de 46 a 65 años de edad. Resolución Nº 4D/04

 

c

1

Adherente Hijo

100

14.5

414.5

c

2

Cónyuge

85

0

340

c

3

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

140

c

4

3º Hijo o mas c/u 

30

0

120

d) Adherente Hijo del cónyuge o concubino siempre que no supere los 21 o 26 años de edad

 

d

1

Adherente Hijo

45

14.5

194.5

e) Adherente Hijo de afiliado titular y/o cónyuge fallecido, que hayan dejado de reunir las condiciones de no aportantes, hasta los 25 años de edad.  Resolución Nº 13D/04.

 

e

1

Adherente Hijo

45

14.5

194.5

f) Adherente Nieto del afiliado activo hasta los 21 o 25 años de edad según Resolución Nº 8D/04

 

f

1

Adherente Nieto

45

14.5

194.5

g) Adherente ex agente de la UNSL Resolución 1D/04

 

g

1

Afil Tit. menor de 45 años

81.5

14.5

340.5

g

2

Afil. Tit. de 46 a 55 años

100

14.5

414.5

g

3

Cónyuge menor de 45 años  

70

0

280

g

4

Cónyuge de 46 a 55 años

85

0

340

g

5

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

140

g

6

3º Hijo o mas c/u 

30

0

120

h) Adherente ascendiente en 1º grado menores de 65 años de edad que se incorporen dentro de los sesenta días corridos de la fecha de ingreso del titular como agente de la UNSL (Ord. C.S. Nº 33)

 

h

1

  Padre

42

14.5

182.5

i) Adherente ascendiente en 1º grado que se incorpora con posterioridad a los 60 días del ingreso del agente activo a la UNSL y cuya edad debe ser menor a 55 años. Resolución Nº 10D/05

 

i

1

1º Padre

100

14.5

414.5

i

2

2º Padre 

85

0

340

j) Adherente egresado de la UNSL. Resolución 4D/04

 

J

1

Egresado menor a 45 años

81.5

14.5

340.5

J

2

Egresado de 46 a 55 años 

100

14.5

414.5

J

3

Cónyuge menor de 45 años 

70

0

280

J

4

Cónyuge de 46 a 55 años  

85

0

340

J

5

 1º y 2º Hijo c/u  

35

0

140

J

6

3º Hijo o mas c/u 

30

0

120

k) Afiliados adherentes, parientes del afiliado activo en línea descendente y línea colateral. Resolución Nº 8D/05

 

K

1

Hermano menor de 30 años

81.5

14.5

340.5

K

2

Hermano de 31 a 55 años   

100

14.5

414.5

K

3

Sobrino Menor de 30 años 

81.5

14.5

340.5

K

4

Sobrino de 31 a 55 años 

100

14.5

414.5

k1) Cónyuge del Hermano/ Sobrino

 

k1

1

Cónyuge menor de 30 años  

70

0

280

k1

2

Cónyuge de 31 a 55 años

85

0

340

k2) Hijo de Hermano/ sobrino

 

k2

1

1º y 2º Hijo c/u       

35

0

140

k2

2

3º Hijo o mas c/u  

30

0

120

l) Ex afiliados a la DOSPU Resolución 4D/04

 

L

1

Ex Afiliado menor a 45 años

81.5

14.5

340.5

L

2

Ex Afiliado de 46 a 55 años 

100

14.5

414.5

L

3

Cónyuge menor de 45 años

70

0

280

L

4

Cónyuge de 46 a 55 años 

85

0

340

L

5

1º y 2º Hijo c/u 

35

0

140

L

6

3º Hijo o mas c/u     

30

0

120

m) Agentes vinculados a la DOSPU Ordenanza Nº 33 CS (Prestadores Internos) deberán aportar el 9% de lo Facturado y no menos de lo previsto para Egresados Universitarios, monto que cubre la afiliación del grupo familiar primario.

 

ANEXO 3

Aportes correspondientes a las distintas categorías de afiliados adherentes durante el periodo 01/06/2012 – 31/08/2012. C.M.M.: $ 500; PSS=$14.5

Periodo:

01/06/2012

31/08/2012

Cuota Mensual Máxima:

500

Codigo

Sub-código

Categoría

% C.M.M (I)

PSS (II)

Total

a) Adherente Hijo de afiliado que hayan dejado reunir las condiciones de no aportantes hasta los 30 años de edad Resolución Nº 9D/04

 

a

1

Adherente Hijo

45

14.5

239.5

a

2

Cónyuge

38

0

190

a

3

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

175

a

4

3º Hijo o mas c/u 

30

0

150

b) Adherente Hijo de afiliado activo de 31 a 45 años de edad. Resolución Nº10D/04

 

b

1

Adherente Hijo

81.5

14.5

422

b

2

Cónyuge

70

0

350

b

3

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

175

b

4

3º Hijo o mas c/u 

30

0

150

c) Adherente Hijo de afiliado activo de 46 a 65 años de edad. Resolución Nº 4D/04

 

c

1

Adherente Hijo

100

14.5

514.5

c

2

Cónyuge

85

0

425

c

3

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

175

c

4

3º Hijo o mas c/u 

30

0

150

d) Adherente Hijo del cónyuge o concubino siempre que no supere los 21 o 26 años de edad

 

d

1

Adherente Hijo

45

14.5

239.5

e) Adherente Hijo de afiliado titular y/o cónyuge fallecido, que hayan dejado de reunir las condiciones de no aportantes, hasta los 25 años de edad.  Resolución Nº 13D/04.

 

e

1

Adherente Hijo

45

14.5

239.5

f) Adherente Nieto del afiliado activo hasta los 21 o 25 años de edad según Resolución Nº 8D/04

 

f

1

Adherente Nieto

45

14.5

239.5

g) Adherente ex agente de la UNSL Resolución 1D/04

 

g

1

Afil Tit. menor de 45 años

81.5

14.5

422

g

2

Afil. Tit. de 46 a 55 años

100

14.5

514.5

g

3

Cónyuge menor de 45 años  

70

0

350

g

4

Cónyuge de 46 a 55 años

85

0

425

g

5

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

175

g

6

3º Hijo o mas c/u 

30

0

150

h) Adherente ascendiente en 1º grado menores de 65 años de edad que se incorporen dentro de los sesenta días corridos de la fecha de ingreso del titular como agente de la UNSL (Ord. C.S. Nº 33)

 

h

1

  Padre

42

14.5

224.5

i) Adherente ascendiente en 1º grado que se incorpora con posterioridad a los 60 días del ingreso del agente activo a la UNSL y cuya edad debe ser menor a 55 años. Resolución Nº 10D/05

 

i

1

1º Padre

100

14.5

514.5

i

2

2º Padre 

85

0

425

j) Adherente egresado de la UNSL. Resolución 4D/04

 

J

1

Egresado menor a 45 años

81.5

14.5

422

J

2

Egresado de 46 a 55 años 

100

14.5

514.5

J

3

Cónyuge menor de 45 años 

70

0

350

J

4

Cónyuge de 46 a 55 años  

85

0

425

J

5

 1º y 2º Hijo c/u  

35

0

175

J

6

3º Hijo o mas c/u 

30

0

150

k) Afiliados adherentes, parientes del afiliado activo en línea descendente y línea colateral. Resolución Nº 8D/05

 

K

1

Hermano menor de 30 años

81.5

14.5

422

K

2

Hermano de 31 a 55 años   

100

14.5

514.5

K

3

Sobrino Menor de 30 años 

81.5

14.5

422

K

4

Sobrino de 31 a 55 años 

100

14.5

514.5

k1) Cónyuge del Hermano/ Sobrino

 

k1

1

Cónyuge menor de 30 años  

70

0

350

k1

2

Cónyuge de 31 a 55 años

85

0

425

k2) Hijo de Hermano/ sobrino

 

k2

1

1º y 2º Hijo c/u       

35

0

175

k2

2

3º Hijo o mas c/u  

30

0

150

l) Ex afiliados a la DOSPU Resolución 4D/04

 

L

1

Ex Afiliado menor a 45 años

81.5

14.5

422

L

2

Ex Afiliado de 46 a 55 años 

100

14.5

514.5

L

3

Cónyuge menor de 45 años

70

0

350

L

4

Cónyuge de 46 a 55 años 

85

0

425

L

5

1º y 2º Hijo c/u 

35

0

175

L

6

3º Hijo o mas c/u     

30

0

150

n) Agentes vinculados a la DOSPU Ordenanza Nº 33 CS (Prestadores Internos) deberán aportar el 9% de lo Facturado y no menos de lo previsto para Egresados Universitarios, monto que cubre la afiliación del grupo familiar primario.

 

ANEXO 4

Aportes correspondientes a las distintas categorías de afiliados adherentes durante el periodo 01/09/2012 – 30/11/2012. C.M.M.: $ 600; PSS=$14.5

Periodo:

01/09/2012

30/11/2012

Cuota Mensual Máxima:

600

Codigo

Sub-código

Categoría

% C.M.M (I)

PSS (II)

Total

a) Adherente Hijo de afiliado que hayan dejado reunir las condiciones de no aportantes hasta los 30 años de edad Resolución Nº 9D/04

 

a

1

Adherente Hijo

45

14.5

284.5

a

2

Cónyuge

38

0

228

a

3

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

210

a

4

3º Hijo o mas c/u 

30

0

180

b) Adherente Hijo de afiliado activo de 31 a 45 años de edad. Resolución Nº10D/04

 

b

1

Adherente Hijo

81.5

14.5

503.5

b

2

Cónyuge

70

0

420

b

3

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

210

b

4

3º Hijo o mas c/u 

30

0

180

c) Adherente Hijo de afiliado activo de 46 a 65 años de edad. Resolución Nº 4D/04

 

c

1

Adherente Hijo

100

14.5

614.5

c

2

Cónyuge

85

0

510

c

3

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

210

c

4

3º Hijo o mas c/u 

30

0

180

d) Adherente Hijo del cónyuge o concubino siempre que no supere los 21 o 26 años de edad

 

d

1

Adherente Hijo

45

14.5

284.5

e) Adherente Hijo de afiliado titular y/o cónyuge fallecido, que hayan dejado de reunir las condiciones de no aportantes, hasta los 25 años de edad.  Resolución Nº 13D/04.

 

e

1

Adherente Hijo

45

14.5

284.5

f) Adherente Nieto del afiliado activo hasta los 21 o 25 años de edad según Resolución Nº 8D/04

 

f

1

Adherente Nieto

45

14.5

284.5

g) Adherente ex agente de la UNSL Resolución 1D/04

 

g

1

Afil Tit. menor de 45 años

81.5

14.5

503.5

g

2

Afil. Tit. de 46 a 55 años

100

14.5

614.5

g

3

Cónyuge menor de 45 años  

70

0

420

g

4

Cónyuge de 46 a 55 años

85

0

510

g

5

1º y 2º Hijo c/u  

35

0

210

g

6

3º Hijo o mas c/u 

30

0

180

h) Adherente ascendiente en 1º grado menores de 65 años de edad que se incorporen dentro de los sesenta días corridos de la fecha de ingreso del titular como agente de la UNSL (Ord. C.S. Nº 33)

 

h

1

  Padre

42

14.5

266.5

i) Adherente ascendiente en 1º grado que se incorpora con posterioridad a los 60 días del ingreso del agente activo a la UNSL y cuya edad debe ser menor a 55 años. Resolución Nº 10D/05

 

i

1

1º Padre

100

14.5

614.5

i

2

2º Padre 

85

0

510

j) Adherente egresado de la UNSL. Resolución 4D/04

 

J

1

Egresado menor a 45 años

81.5

14.5

503.5

J

2

Egresado de 46 a 55 años 

100

14.5

614.5

J

3

Cónyuge menor de 45 años 

70

0

420

J

4

Cónyuge de 46 a 55 años  

85

0

510

J

5

 1º y 2º Hijo c/u  

35

0

210

J

6

3º Hijo o mas c/u 

30

0

180

k) Afiliados adherentes, parientes del afiliado activo en línea descendente y línea colateral. Resolución Nº 8D/05

 

K

1

Hermano menor de 30 años

81.5

14.5

503.5

K

2

Hermano de 31 a 55 años   

100

14.5

614.5

K

3

Sobrino Menor de 30 años 

81.5

14.5

503.5

K

4

Sobrino de 31 a 55 años 

100

14.5

614.5

k1) Cónyuge del Hermano/ Sobrino

 

k1

1

Cónyuge menor de 30 años  

70

0

420

k1

2

Cónyuge de 31 a 55 años

85

0

510

k2) Hijo de Hermano/ sobrino

 

k2

1

1º y 2º Hijo c/u       

35

0

210

k2

2

3º Hijo o mas c/u  

30

0

180

l) Ex afiliados a la DOSPU Resolución 4D/04

 

L

1

Ex Afiliado menor a 45 años

81.5

14.5

503.5

L

2

Ex Afiliado de 46 a 55 años 

100

14.5

614.5

L

3

Cónyuge menor de 45 años

70

0

420

L

4

Cónyuge de 46 a 55 años 

85

0

510

L

5

1º y 2º Hijo c/u 

35

0

210

L

6

3º Hijo o mas c/u     

30

0

180

n) Agentes vinculados a la DOSPU Ordenanza Nº 33 CS (Prestadores Internos) deberán aportar el 9% de lo Facturado y no menos de lo previsto para Egresados Universitarios, monto que cubre la afiliación del grupo familiar primario.

 

 


 
 
 
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